La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, llamó la atención sobre la vigencia del Registro Único Tributario, RUT, y subrayó que es indefinida y, en consecuencia, su renovación no puede ser exigida por ninguna empresa, persona u organización.
De igual manera, la autoridad tributaria aseguró que los datos inscritos en el RUT solamente deben actualizarlos si han tenido cambios en identificación, ubicación o clasificación que registraron previamente.
Por lo anterior, si a las personas les piden el RUT con fecha de actualización reciente en la casilla 61, podrán entregar una copia del RUT e informar que se puede verificar la fecha de generación del documento, que aparece en la parte derecha del pie de página del formulario.
Así mismo la DIAN reiteró que los trámites de inscripción y actualización del RUT no tienen ningún costo y se pueden hacer de forma virtual en la página web, excepto la actualización de los datos de identificación y el retiro de responsabilidades, que se hacen en puntos de atención.
Además de la inscripción y actualización del RUT, la ciudadanía puede hacer los siguientes trámites a través de los servicios digitales de la DIAN:
- Obtención de copia del RUT
- Solicitud de cancelación del RUT
- Solicitud del RUT para consorcios y uniones temporales
- Solicitud de retiro de algunas responsabilidades
Finalmente, se informó que la inscripción en el RUT podrá ser suspendida si la información presenta errores, está incompleta, es inconsistente o no corresponde a la realidad, “por eso es clave que los contribuyentes revisen sus datos y los actualicen -de ser necesario- para evitar sanciones”.
“Tener los datos correctos, completos y actualizados en el RUT le permite a la DIAN contar con información veraz y confiable para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias”, enfatizó la entidad.