“Toda norma que penaliza comercializar drogas ilícitas y narcotráfico sigue vigente”, advierte presidente Petro

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Fuente: Presidencia de la República. Este decreto no elimina la prohibición de comercio ni de tráfico ni de microtráfico ni de ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la Ley colombiana.

El presidente Gustavo Petro explicó los alcances del Decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, que deroga las sanciones de multa impuestas por el gobierno anterior para el porte de dosis personal de droga, e indicó que “lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal”

De acuerdo con el jefe de Estado, derogar las multas al porte hará que la herida abierta entre la juventud barrial y la policía local se pueda cerrar, porque el Estado deja de “ejercer una persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes; la mayoría no son consumidores”.

“Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”, advirtió el presidente Gustavo Petro Urrego en un mensaje publicado en su cuenta de la red X.

Así mismo, el mandatario de los colombianos aseguró que “al derogar las multas y el raqueteo, que conlleva la llevada al CAI y en muchos casos el golpe, la extorsión e incluso el abuso de mujeres cesan. Podemos hablar de Paz al barrio”.

De igual manera, señaló que en otros gobiernos “se construyó como enemigo interno a la juventud barrial, eso llevó al ajusticiamiento de miles de jóvenes y al estallido social respondido por el Estado con decenas de muertos y miles de detenidos, todos jóvenes”.

Ahora, con la derogación del decreto, puntualizó el mandatario, “esa guerra contra la juventud ha terminado. La policía debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía. La juventud del barrio no es el enemigo, es la Nación futura”.

Nuevo decreto ajusta la normativa a la jurisprudencia de las Cortes

Entre tanto, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, manifestó que el decreto 2114 “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, desconocida por el decreto 1844 del 2018, que ahora se deroga”.

A su vez, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, reiteró que el decreto 2114 “no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No nos llamemos a engaños”.

Al respecto, el titular de la cartera de Justicia ratificó que “el decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal. Ese gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte”.

Finalmente, el funcionario reafirmó que “la Corte Constitucional en varias sentencias ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente. También el Consejo de Estado, revisando ese decreto que estamos derogando ahora, manifestó que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa para el porte, porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico. Por eso estamos derogando esa norma que permitía establecer una multa para el porte de dosis personal”

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