La Superintendencia de Transporte mediante la Resolución N. 948 del 22 de marzo de 2023, dicta medida admirativa a la sociedad Ultra Air S.A.S. debido a que la aerolínea presenta baja liquidez, lo cual dificulta el compromiso con las obligaciones a corto plazo, generando un riesgo de incumplimiento con sus acreedores.
Además, la situación contractual relacionada con las aeronaves dispuestas para la prestación del servicio refleja una posible vulnerabilidad a la capacidad operativa que permita cumplir con su objeto social, así como con las obligaciones a su cargo, principalmente aquellas relacionadas con proveedores y ventas anticipadas de tiquetes.
Medidas administrativas:
- La Sociedad Ultra Air S.A.S, deberá implementar un plan de trabajo en donde se detalle un listado desagregado por rutas, el cual deberá incluir la programación de los vuelos comerciales, para cada uno de los siete (7) días de la semana, donde se identifique la aeronave y el personal de la tripulación para cada una de las frecuencias.
- Deberá informar a la SuperTransporte todos los lunes antes de las 6:00 pm, por un término de tres (3) meses, sobre la toma de decisiones de los órganos de administración cuando se presente un riesgo de tipo económico y operacional que afecte la prestación del servicio.
- Deberá informar a la Dirección de Investigaciones de Concesiones e Infraestructura de la Superintendencia de Transporte, las negociaciones que adelante para su capitalización.
- Deberá implementar acciones necesarias, preventivas o correctivas, relacionadas con el plan de manejo de pasajeros ante un eventual cese y/o suspensión de operaciones.
- Deberá informar a la Superintendencia de Transporte, el mecanismo de preservación de los pasivos por la venta anticipada de tiquetes para efectos de garantizar la efectiva medida de cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones.
El incumplimiento a estas órdenes podrá dar lugar a la imposición de multas sucesivas entre uno (1) y quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
La Aeronáutica Civil, por su parte, informó que hace seguimiento prioritario a la situación generada por las afectaciones que se pudieran haber presentado en las últimas horas, derivadas de las operaciones de la aerolínea Ultra Air.
La autoridad aeronáutica constató que la empresa Ultra Air continúa volando, con una reducción parcial en su capacidad por motivos técnicos.
De acuerdo con las competencias de la Aerocivil, se han requerido a las directivas de Ultra Air para que informen y actualicen las condiciones actuales de sus operaciones. La Secretaría de Autoridad Aeronáutica mantiene su plan especial de vigilancia de la seguridad operacional sobre la empresa.
El Grupo de Intermediación en Aeropuertos de la Aerocivil continuará brindando orientación y acompañamiento a los pasajeros que pudieran resultar afectados.