viernes, octubre 11, 2024
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SIC ordenó medidas cautelares a Cotelco y nueve hoteles de Cali

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución 61131 de 11 de octubre de 2024, como autoridad garante de la sana y libre competencia económica y de los intereses de los consumidores, con miras a la protección los derechos de los ciudadanos y delegaciones que asistirán a la COP16, ordenó medidas cautelares contra Cotelco, por posibles conductas anticompetitivas en el mercado de la prestación de servicios hoteleros para las fechas en las que se realizará la COP16.

De igual manera, la decisión cobija a los hoteles Torre de Cali Plaza Hotel, Ms Ciudad Jardín, Ms Chipichape, Ms Pacífico Chipichape, City Express Plus Cali, Azor Hoteles – Cali, Hotel Quinta Norte Cali, Hotel Cosmos Cali y Hotel Faranda Cali

Al respecto, el órgano de control y vigilancia informó que luego de analizar la información y pruebas recogidas por la Delegatura de Protección de la Competencia, encontró evidencias de que los establecimientos hoteleros habrían creado un escenario de intercambio de información sensible, en particular, con ocasión de la prestación de sus servicios durante la COP16, que tendrá lugar del 21 de octubre al 1 de noviembre en Cali.

En tal sentido, se indicó que los distintos hoteles competidores, a través de reuniones presenciales y conversaciones por WhatsApp, estarían intercambiando información relacionada con las tarifas ofrecidas por habitación.

Igualmente, la ocupación y número de habitaciones habilitadas para atender la demanda, especialmente, la de las delegaciones de 196 países, organizaciones intergubernamentales, sociedad civil, comunidades indígenas, locales y otros actores que asistirán a la COP16.

Adicionalmente, la Superintendencia encontró que COTELCO que, agremia a más de 1.000 hoteles a nivel nacional, habría creado una plataforma, en la que los afiliados reportarían diariamente información sensible sobre su operación como tarifas, habitaciones ocupadas y disponibles, utilidad obtenida por habitación y el valor de ventas en cada uno de sus establecimientos hoteleros.

A través de este sistema, los hoteles estarían conociendo la información detallada de sus competidores, lo que les habría permitido realizar comparaciones en tiempo real y facilitaría la ejecución de estrategias anticompetitivas en la oferta de hospedaje.

Adicionalmente, personal de COTELCO habría influenciado en la determinación de los precios y otras condiciones comerciales de sus agremiados.

Al evidenciar este escenario de colaboración y de intercambio de información sensible, la Superintendencia ordenó:

(i) A COTELCO, suspender de manera inmediata el Sistema de Información Hotelera, así como abstenerse de intervenir en la determinación de las condiciones en que los establecimientos hoteleros ofrecen sus servicios.

(ii) A los hoteles suspender cualquier comunicación o reunión en la que se intercambien información sensible dirigida a coordinar las condiciones de comercialización de sus servicios.

“Con las medidas adoptadas, la Superintendencia reitera su compromiso como autoridad de competencia para la protección de los consumidores en tiempo real ante eventos de envergadura internacional como la COP16. Estas órdenes buscan que los agentes económicos compitan de manera independiente y ofrezcan a los consumidores el servicio hotelero de la mejor calidad y al precio más competitivo”, sostuvo la SIC.

Finalmente, la Superintendencia le recordó a los agentes del mercado y competidores que si han hecho parte de una conducta que restrinja la libre competencia en el mercado, pueden solicitarle a la autoridad de competencia hacerse parte de los programas de beneficios por colaboración.

En el marco de estos programas, los infractores de las normas de competencia podrán acceder a una exoneración total o parcial si colaboran con la autoridad de competencia a través de la entrega de información relevante sobre la conducta ilícita.

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