sábado, febrero 22, 2025
Vemos las noticias como tú las verías
spot_img
HomeLo Destacado - COP16Paquete tributario por Conmoción Interior: impuesto a juegos de azar en línea,...

Paquete tributario por Conmoción Interior: impuesto a juegos de azar en línea, exportación de carbón y petróleo y timbre nacional

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Decreto Número 0175 del 14 de febrero de 2025, “por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Cata tumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar”

Al respecto, se destacó que, en desarrollo del estado de conmoción interior decretado por el Gobierno nacional el pasado 24 de enero, la cartera de Hacienda decretó tres nuevos impuestos que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2025.

En tal sentido, se resalta que se estableció tres nuevos gravámenes: 19% de impuesto a los juegos de suerte y azar en línea; 1% a las ventas nacionales y exportaciones de petróleo y carbón y 1% en el impuesto de timbre nacional para transacciones superiores a $300 millones.

Juegos de suerte y azar

En el caso del impuesto sobre las ventas a los juegos de suerte y azar en línea, la norma establece que “será el depósito en dinero, entendido como el pago en efectivo o las transferencias de dinero o criptoactivos realizado por cada usuario apostador al operador de la plataforma respectiva”.

Igualmente, también establece que serán responsables de esta obligación los operadores de juegos de suerte y azar por internet desde el exterior y se causará cuando el apostador tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad económica en el territorio nacional.

Además, el Decreto 0175 faculta a Coljuegos para “bloquear los canales, páginas de Internet y medios que de cualquier forma sirvan a la explotación, operación, venta, pago, publicidad o comercialización’ de juegos de suerte y azar no autorizados”.

Impuesto a petróleo y carbón

La norma también crea el Impuesto Especial para el Catatumbo que “grava la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón, al momento de la primera venta o la exportación”.

La tasa será del 1% y “debe corresponder al valor del impuesto del presente decreto que ampara la solitud de autorización de embarque”, señala el decreto.

Impuesto de timbre

Según el decreto 0175 de 14 de febrero de 2025, la norma establece el gravamen de 1% sobre el valor del impuesto de timbre para las transacciones que superen los $ 300 millones y que sean elevadas a la categoría de escritura pública.

Sobre el particular, señala que se aplicará para “los instrumentos públicos y documentos privados que se otorguen o acepten en el país o que se otorguen fuera del país, pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones, al igual que su prórroga o cesión”. El decreto recuerda que este gravamen está en cero por ciento desde 2010.

Cabe recordar que el Decreto 062 del 24 de enero de 2025 declaró en conmoción interior “la región del Catatumbo, ubicada en el nororiente del departamento de Norte de Santander, conformada por los municipios de Ocaña, Abrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, y Sardinata.

Además, los territorios indígenas de resguardos Motilón Barí y Catalaura La Gabarra, así corno en el área metropolitana de Cúcuta y los municipios nortesantandereanos de Villa del Rosario, El San Cayetano Puerto Santander. También, los municipios de Río Oro y González del departamento del Cesar”.

Articulos relacionados
Publicidad
Publicidad

Lo más leido