Nuevos minerales estratégicos

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Fuente: ANM. Actualizar el listado de los minerales estratégicos de Colombia era una tarea prioritaria para este Gobierno, dado que son fundamentales para el desarrollo social y económico del país, y para avanzar en la implementación de la nueva visión de la minería “Minería para la Vida”

Después de 11 años de la expedición de la primera lista de minerales estratégicos por parte del Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Minería, ANM, mediante la Resolución No. 1006 del 30 de noviembre del 2023, determinó un nuevo listado de 17 grupos de minerales considerados como estratégicos.

Para el presidente de la Agencia Nacional de Minería, Álvaro Pardo, actualizar el listado de los minerales estratégicos de Colombia era una tarea prioritaria para este Gobierno, dado que son fundamentales para el desarrollo social y económico del país, y para avanzar en la implementación de la nueva visión de la minería “Minería para la Vida”, que permitirá transitar de un modelo económico dependiente de actividades extractivas hacia una economía industrializada, sostenible y productiva.

“La exploración y explotación de los minerales estratégicos deben preferentemente orientarse a responder a las necesidades del mercado local y, en especial, los requerimientos de los cuatro programas económicos. Debemos crecer, avanzar en la consolidación de cadenas productivas, generar empleo, bienestar, riqueza y sustituir importaciones a partir de los recursos que posee el país, como quedó expresado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida”, agregó el presidente de la ANM.

Cabe señalar que, desde comienzo de año, la Vicepresidencia de Promoción y Fomento inició el estudio de los minerales estratégicos con un trabajo sobre ejercicios similares en varios países del mundo.

Posteriormente, elaboró el documento “Lineamientos para la definición de los minerales estratégicos en Colombia, el cual fue publicado para comentarios de la ciudadanía y luego avalado por el Consejo Directivo de la Entidad mediante Acuerdo 01 de 2023.

Finalmente, a partir de esos lineamientos se elaboró el documento “Determinación de minerales de interés estratégico para Colombia”, puesto a consideración de la ciudadanía a través de la página web de la Entidad y posteriormente dio lugar a la Resolución 1006 del 30 de noviembre, vigente a partir de la fecha.

Los minerales estratégicos definidos en la Resolución 1006 del 30 de noviembre de 2023 son los siguientes:

  • Cobre (Cu) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Níquel (Ni) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Zinc (Zn) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Metales del Grupo del Platino [Platino (Pt), Paladio (Pd), Rutenio (Ru), Rodio (Rh), Osmio (Os) e Iridio (Ir)] y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Hierro (Fe) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Manganeso (Mn) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Carbón metalúrgico.
  • Fosfatos [fosforita o roca fosfórica (P2O5 > 20 %) y roca fosfática (P2O5 < 20 %)] y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Minerales de Magnesio (Mg) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Bauxita y demás minerales de Aluminio, y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Oro (Au) y sus minerales asociados o concentrados.
  • Esmeraldas y sus minerales asociados.
  • Materiales de construcción, limitados únicamente a arenas, gravas y arcillas.
  • Arenas silíceas, Silicio (Si) y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Caliza y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Yeso y sus minerales asociados, derivados o concentrados.
  • Cromo y sus minerales asociados, derivados o concentrados.

La definición de los minerales como estratégicos para el país responde a las directrices de política pública del Gobierno nacional para el sector minero, plasmadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” y a los lineamientos definidos por el Consejo Directivo de la ANM mediante Acuerdo No. 01 de 2023. Dichos lineamientos son:

  1. Soberanía del Estado colombiano sobre los recursos minerales de propiedad estatal.
  2. Existencia de ambientes geológicos favorables y priorización de la investigación.
  3. Demanda de minerales para la transición energética.
  4. Demanda de minerales para la seguridad alimentaria.
  5. Demanda de minerales para el desarrollo industrial y de la infraestructura pública.
  6. Minerales para el autoabastecimiento.
  7. Minerales para promover la asociatividad.

¿Qué son los minerales estratégicos?

Para Colombia, un mineral estratégico es aquel que se encuentra disponible para el abastecimiento de la demanda interna actual o futura, asociada a los desarrollos industriales requeridos para soportar una transición energética gradual hacia fuentes de generación de energías limpias.

Todo esto con el objeto de tener un sector minero productivo, competitivo y con la implementación de buenas prácticas técnicas, sociales y ambientales.

De igual forma, lo son aquellos minerales necesarios para la reindustrialización de la economía, la construcción de infraestructura pública y el desarrollo agrícola.

Finalmente, resultan estratégicos también los minerales priorizados para promover esquemas asociativos de pequeños y medianos mineros y la formalización colectiva de mineros informales, lo cual permitirá realizar una adecuada planeación del sector minero, hasta hoy inexistente, y propender por un aprovechamiento y uso racional de los recursos minerales de propiedad del Estado.

¿Qué implica que un mineral sea estratégico?

Entrar en la categoría de mineral estratégico implica que el Gobierno Nacional priorizará sobre ellos sus estudios geocientíficos, y tendrá la facultad de reservar y delimitar áreas especiales con alto potencial minero que se encuentren libres, con el fin de otorgarlas a terceros mediante procesos de selección objetiva o esquemas de formalización asociativa.

Además, los minerales que no se encuentran en la lista de los estratégicos o zonas con minerales estratégicos, que no cumplen el requisito de alto potencial para ser declaradas como Áreas Estratégicas Mineras, serán entregados a terceros a través de los instrumentos ordinarios de contratación establecidos en la regulación minera vigente.

Los derechos de exploración y explotación de minerales que no se encuentran en la lista de los estratégicos seguirán siendo otorgados a través de los instrumentos ordinarios de contratación establecidos en la regulación minera vigente.

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