Las secretarías de salud departamentales y municipales, hospitales, clínicas, cajas de compensación, así como las instituciones de orden nacional del sector, implementarán acciones específicas para contribuir a la disminución de las brechas de género.
Así quedó establecido en la Resolución 2138, aprobada recientemente por el Ministerio de Salud y Protección Social, la cual busca que los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), trabajen de manera articulada para que el sexo, género, identidad de género y orientación sexual, no se conviertan en obstáculos para la atención y brinden las garantías de acceso a los servicios de salud sin ninguna discriminación.
Entre los aspectos que contemplan la disposición y que se desarrollarán de manera conjunta entre las entidades, con el apoyo de la Oficina de Promoción Social del Ministerio de Salud, encontramos:
– Procesos de capacitación desarrollados por el talento humano en salud en cada territorio.
– Las acciones de salud pública y prestación de servicios en salud, la planeación y comunicación en el sector salud, que impacten de manera positiva en el goce efectivo del derecho a la salud, de mujeres, hombres y personas de los sectores LGBTI.
Estas acciones de transversalización del enfoque de género en las entidades del sector salud permitirán:
- Tomar medidas para prevenir que diversas acciones afecten a mujeres o personas LGBTI. Por ejemplo: evitar estereotipos de género.
- Lograr una distribución equitativa y diferenciada de acuerdo con las necesidades de determinadas personas o grupos, con el fin de atender acciones urgentes o eliminar las desigualdades existentes.
- Identificar asuntos, eventos o problemas en los que haya disparidades por razones de género, sexo, orientación sexual o identidad de género.
- Plantear la toma de decisiones estratégicas para mitigar las desigualdades.
- Identificar áreas estratégicas de acción para la promoción de la igualdad de género.
La implementación
Las intervenciones comenzarán con la puesta en marcha de una mesa funcional de género y salud. Desde allí se organizarán las actividades para verificar el cumplimiento de las acciones establecidas y dispuestas en la Resolución 2138.
Además de la mesa, se realizarán otras acciones como: la creación de un equipo funcional, la realización de un diagnóstico en cada entidad, el desarrollo de un plan de transversalización y, por último, la puesta en marcha de actividades de monitoreo y seguimiento.
“La transversalización del enfoque de género no es un fin en sí mismo, sino un medio para el cierre de las brechas de género desde la adopción de estrategias que impactan aspectos institucionales, relacionadas con temas administrativos (procesos, prácticas, personal, procedimientos), financieros (asignación de recursos y presupuestos), jurídicos (normas), políticos (voluntades políticas) y misionales (prestación de servicios, atención, etc.)”, señaló la cartera de Salud.
Finalmente, se afirmó que la formulación y adopción de esta normatividad se hace con el fin de aportar en el logro de una sociedad más justa, que reconozca la igualdad y la equidad de género, como principios para la garantía del derecho a la salud. De este modo, se facilitará el acceso y la prestación de servicios de salud libres de violencia y discriminación.