
En el Día Mundial del Medio Ambiente, la Jurisdicción Especial para la Paz reconoce la importancia y la afectación que han tenido el territorio, la naturaleza y los pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizal, palenquero y Rrom, las comunidades campesinas y la población urbana y rural en Colombia, por causa o con ocasión del conflicto armado.
En tal sentido, se indicó que en los casos territoriales priorizados por la Sala de Reconocimiento, a saber: el Caso 02, que investiga la situación territorial de tres municipios del pacífico nariñense; el Caso 05, que investiga lo ocurrido en el norte de Cauca y el sur de Valle del Cauca; en el Caso 04, que aborda la situación territorial del Urabá antioqueño y chocoano; y el Caso 09, que estudia específicamente los crímenes contra los Pueblos y Territorios Étnicos, las magistradas y magistrados han adoptado decisiones y medidas especiales para reconocer los vejámenes de la guerra y contribuir a restaurar los derechos de las personas, pueblos y comunidades y Territorios.
La vicepresidenta de la JEP, Magistrada Belkis Izquierdo Torres, ha precisado que la JEP ha reconocido que ”el Territorio es un ser sintiente, el territorio es la vida, la identidad y la protección de un pueblo, que es un sujeto de derecho, y cuando ellos (los pueblos étnicos y comunidades campesinas) documentan los daños graves, desproporcionados, que ha sufrido el territorio, la justicia transicional no puede desconocer esta cosmovisión porque los daños no solamente se hicieron para el ser humano, sino que se dio para la vida del territorio”.
Al respecto, la magistrada Ana Manuela Ochoa Arias, vicepresidenta de la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal Especial para la Paz, ha señalado: “acreditación del territorio como víctima se da por todos los daños ambientales que se han dado en los territorios y por todas las afectaciones de tipo cultural que se han presentado por el accionar de los grupos armados. El daño no se concentra solamente en los seres humanos, sino en otros seres de la naturaleza”.
El Caso 02 fue el primero en el que la JEP declaró al territorio como víctima al Katsa Su Gran Territorio Awá, y posteriormente el Eperara Euja y el Territorio Ancestral y Colectivo de los Consejos Comunitarios del Pueblo Afrocolombiano de Tumaco y Barbacoas.
Por su parte, el Caso 05 fue el primero que imputó a exintegrantes de las columnas Jacobo Arenas y Gabriel Galvis de las extintas Farc-EP por haber afectado de manera grave, extensa y duradera el medio ambiente en el norte de Cauca y el sur de Valle del Cauca, a través de la instalación de minas antipersonal, la realización de ataques con explosivos y la invasión violenta de territorios indígenas y afrodescendientes, afectando especialmente los páramos de la región.
Actualmente, en el marco del Sistema Restaurativo, la JEP ha previsto líneas restaurativas para la formulación de TOARS que respondan a la destrucción del Territorio y la Naturaleza, donde los comparecientes puedan cumplir sus sanciones propias con contenido reparador y restaurador.
Por ello, en el Día Mundial del Medio Ambiente, la JEP destaca que sigue trabajando para esclarecer verdad y administrar justicia sobre los hechos cometidos durante el conflicto armado contra el Territorio y la Naturaleza, y contribuir a su reparación y no repetición como bases para alcanzar una paz territorial.