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JEP acredita como víctimas a los Pueblos Indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta y sus territorios

El Territorio ancestral, sagrado y colectivo de la Sierra Nevada de Gonawindua (Santa Marta), delimitado por el sistema de sitios sagrados de la Línea Negra, y los Pueblos Indígenas Iku (Arhuaco), Kággaba (Kogui), Wiwa y Kankuamo fueron acreditados como víctimas, en su calidad de sujetos colectivos de derechos.

En esta oportunidad, la decisión fue adoptada por la Sala de Reconocimiento de la JEP en el Caso 09, que investiga los crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Territorios Étnicos. Esta acreditación hace parte del proceso judicial que adelanta la magistratura en la Sierra Nevada de Santa Marta y algunos municipios de la Serranía del Perijá.

De igual manera, se indicó que la decisión toma en cuenta las solicitudes presentadas por los cuatro Pueblos Indígenas y sus procesos organizativos, y la información aportada sobre los hechos victimizantes y los daños graves, diferenciados y desproporcionados sufridos durante el conflicto armado.

Al respecto, la JEP destaca que, en los informes se expuso la violencia ejecutada a través de: asesinatos selectivos, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados y confinamientos, despojos, torturas, violencia sexual y basada en género, profanación de sitios sagrados.

Igualmente, destrucción del Territorio y la Naturaleza, entre otras conductas; cometidas en contra sus líderes, lideresas, autoridades tradicionales, estructuras organizativas, mujeres y niñas y el Territorio, poniendo de manifiesto el impacto en los planes de vida individuales y colectivos y en su existencia física, cultural y espiritual.

Así mismo, se resalta que la acreditación también responde al impacto diferenciado de la violencia ejercida en el marco del conflicto armado contra las mujeres indígenas de los Pueblos de la Sierra Nevada de Gonawindua, reconociendo que son la base fundamental del Territorio y la representación de la Madre Tierra y que a través de su saberes y conocimientos cumplen un rol fundamental —político, cultural y espiritual —, que les permite ser las guías y consolidar y mantener la integridad de sus Pueblos en unidad, autonomía y resistencia.

Por su parte, acreditar como víctima al Territorio ancestral, sagrado y colectivo de la Sierra Nevada de Gonawindua (Santa Marta) constituye su reconocimiento como sujeto de derechos a partir de la cosmovisión, los sistemas de conocimiento y los sistemas jurídicos de los cuatro Pueblos Indígenas.

“En la providencia se destaca la relación inescindible y de interdependencia que existe entre el Territorio, los Pueblos y los múltiples sistemas de vida, pues para los Pueblos Indígenas acreditados entre el mundo físico y el mundo espiritual existen hilos de conexión, siendo los sitios sagrados, como las piedras, las lagunas, los picos de nevado o el mar, el punto de intermediación entre esos dos mundos”, sostiene la JEP.

En este sentido, la magistratura de la JEP consideró los Planes de Vida de los Pueblos Indígenas de la Sierra Nevada de Gonawindua que contienen elementos clave para asegurar la protección de sus derechos a la autodeterminación, autonomía, territorio, gobierno propio y unidad.

Al respecto, debe destacarse que la UNESCO reconoció en 2022 el sistema de conocimientos ancestrales de los cuatro Pueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta, inscribiéndolo en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

Sumado a lo anterior, esta decisión consideró lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Ley 4633 de 2011, en el que se reconoció que “para los Pueblos Indígenas el Territorio es víctima, teniendo en cuenta su cosmovisión y el vínculo especial y colectivo que los une con la madre tierra”.

Disposición que se encuentra en consonancia con los derechos reconocidos por el Convenio 169 de la OIT ratificado por Colombia mediante la Ley 21 de 1991, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Estados Americanos.

La Sala también consideró el reconocimiento de los Espacios Sagrados de la Línea Negra dispuesto en las Resoluciones 02 de 1973 del Ministerio de Gobierno y 837 de 1995 del Ministerio del Interior y del Decreto 1500 de 2018, por medio del cual se “redefine el territorio ancestral de los Pueblos Arhuaco, Kággaba, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, expresado en el sistema de espacios sagrados de la ‘Línea Negra’, como ámbito tradicional, de especial protección, valor espiritual, cultural y ambiental, conforme los principios y fundamentos de la Ley de Origen y la Ley 21 de 1991”.

Vale mencionar que el Territorio de la Sierra Nevada de Gonawindua hace parte del corredor del conflicto armado denominado “Sierra Nevada de Santa Marta y Serranía del Perijá”, uno de los diecisiete corredores identificados por la Comisión de la Verdad en el capítulo “Resistir no es aguatar. Violencias y daños contra los Pueblos Étnicos de Colombia” del Informe Final “Hay Futuro si hay Verdad”.

“Con la decisión de acreditación se materializan los derechos de participación que tienen las víctimas ante la JEP y los principios de pluralismo jurídico y diversidad étnica y cultural. Como intervinientes especiales, los cuatro Pueblos Indígenas y el Territorio, a través de sus autoridades tradicionales y sus procesos organizativos, podrán posicionar su voz en el proceso judicial, exponer sus demandas de verdad y reparación y contribuir al esclarecimiento dialógico de la verdad”, aseguró la Jurisdicción Especial para la Paz.

Finalmente, se resaltó que, de esta manera, la JEP reafirma su compromiso con la implementación del Acuerdo Final de Paz, en general, y con las salvaguardas y garantías definidas en el Capítulo Étnico, en particular; así como con la administración de justicia de carácter restaurativo, prospectivo y territorial.

Cabe señalar que el Caso 09 fue priorizado por la Sala de Reconocimiento de Verdad el 7 de septiembre de 2022 y avanza sobre cuatro territorios en concentración: Sierra Nevada y zonas de influencia; Amazonía y Orinoquía; Chocó; y, Buenaventura, Dagua y Pacífico Medio con la correlatoría de 4 magistradas y 1 Magistrado.

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