En Nariño, las FARC-EP naturalizaron la violencia sexual y de género para ejercer control social y territorial

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Fuente: JEP. Se atribuyó responsabilidad a 15 comparecientes que integraron las estructuras de la extinta guerrilla de las FARC-EP, por la comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad.

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (Sala de Reconocimiento) de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, atribuyó responsabilidad a 15 comparecientes que integraron las estructuras guerrilleras: Columna Móvil Daniel Aldana (CMDA), Columna Móvil Mariscal Sucre (CMMS) y Frente 29 del Bloque Occidental Alfonso Cano – antiguo Comando Conjunto de Occidente, de la extinta guerrilla de las FARC-EP, por la comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad.

En tal sentido, la Sala de Reconocimiento identificó la existencia e implementación de una política de control territorial y social de las FARC-EP en los municipios de Tumaco, Ricarte y Barbacoas, en el departamento de Nariño, la cual tenía como objetivo establecer, consolidar, defender o retomar la presencia, dominio y control de este grupo armado sobre la población y los territorios considerados geoestratégicos, atendiendo orientaciones y directrices nacionales. De esta manera, se pretendió imponer como “única autoridad”, por la fuerza de las armas.

Esta política fue definida y ejecutada mediante planes territoriales, circulares, cartillas y órdenes verbales de los coordinadores del Comando Conjunto de Occidente, comandantes del Bloque Occidente Alfonso Cano, así como de los comandantes del Frente 29, la Columna Móvil Mariscal Sucre y la Columna Móvil Daniel Aldana de las extintas FARC-EP. En específico, en el marco de esta política de control social y territorial implementada en estos municipios se definieron planes para:

(i)         Cooptar organizaciones, instrumentalizarlas o eliminarlas, cuando se resistieran a la consolidación de las extintas FARC-EP como autoridades únicas  en el territorio, y asesinar y desplazar a quienes eran rotulados como enemigos o personas que no apoyaban o se resistían al orden fariano.

(ii)        Copar y controlar los territorios geoestratégicos para la organización guerrillera, especialmente en las zonas de fronteras y en los corredores estratégicos, que, en su mayoría, coinciden con territorios ancestrales y colectivos étnicos.

(iii)       Fortalecer la capacidad militar de las unidades guerrilleras, a través del aumento de personal en las filas, reclutando personas, entre ellas niños y niñas, de la región con base en sus saberes, destrezas, conocimientos del territorio y del idioma propio, su relacionamiento con las autoridades étnicas y con las formas organizativas.

(iv)       Regular el comportamiento de la población civil en los territorios e imponer roles de género desde una visión patriarcal, heteronormativa y cisnormativa a través de distintas formas de violencia, entre ellas, la violencia sexual, de género y por prejuicio.

(v)       Utilizar Minas Antipersonal y Remanentes Explosivos de Guerra para atacar al enemigo, proteger activos y territorios estratégicos para la organización armada, así como, ejercer control social sobre la población civil.

(vi)       Obtener fuentes de financiación para las estructuras guerrilleras y el Secretariado; y atacar la infraestructura estratégica del Estado para diezmar su capacidad económica y de ataque, causando con ello la destrucción del Territorio y la Naturaleza.

En el desarrollo de esta política de control territorial y social se ejecutaron múltiples crímenes no amnistiables contra la población civil. La Sala de Reconocimiento determinó la existencia de 6 patrones macrocriminales:

  1. Masacres, asesinatos selectivos y desapariciones forzadas contra pueblos étnicos, población campesina y rural y otros civiles. En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas la CMDA, el Frente 29 y la CMMS del CCO/BOAC de las extintas FARC-EP, con el objetivo de eliminar a quienes consideraban enemigos y colaboradores de estos, durante el periodo de 1997-2016, se documentaron 314 hechos de asesinatos selectivos, masacres y/o desapariciones forzadas contra la población civil, que corresponden a 468 víctimas directas.
  2. Confinamientos y desplazamientos forzados contra pueblos étnicos, comunidades campesinas y otros civiles. En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, a las unidades investigadas de las extintas FARC-EP, que ocuparon de manera violenta y consciente los territorios étnicos, se les atribuye entre 1990 y 2016, 334 hechos de desplazamiento forzado con 27.087 víctimas y 44 confinamientos con 20.124 víctimas, asociados a combates, órdenes directas del grupo guerrillero o como consecuencia de otros hechos victimizantes.
  3. Reclutamiento y utilización de niñas y niños indígenas y afrocolombianos. En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas las estructuras armadas investigadas de las extintas FARC-EP vincularon, mediante la coacción, la seducción y el engaño a niños y niñas. Entre 2001 y 2015 se documentó el reclutamiento y utilización de 102 niños y niñas con pertenencia étnica. Del total de víctimas, 13 eran niñas y 89 eran niños. De ellas, al momento de ser reclutadas y utilizadas, 36 tenían edades entre los 6 y 14 años y 49 entre los 15 y los 17 años.
  4. Violencia sexual y de género contra mujeres y niñas y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género diversas o no normativas. En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, las unidades investigadas de las extintas FARC-EP, naturalizaron la violencia sexual y de género como una forma de ejercer control social y territorial sobre la población civil, constituyendo una política tácitamente autorizada. Entre 1990 y 2016 se documentaron 168 hechos de violencia sexual y de género contra mujeres y niñas, y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género diversas, en los que se identificaron 254 víctimas directas.
  5. Uso ilícito y afectaciones por minas antipersonal (MAP) y restos explosivos de guerra (REG). En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, el Frente 29, la CMDA y la CMMS del CCO/BOAC, implementaron una estrategia para la defensa y el control de activos, territorios, poblaciones y corredores estratégicos para la organización armada a través del empleo de MAP y REG. Esto generó principalmente desplazamientos, confinamientos, asesinatos y lesiones, al igual que la contaminación de los territorios ancestrales y colectivos étnicos y de las tierras de comunidades campesinas, lo que alteró la vida de los Pueblos y comunidades y generó consecuencias permanentes en los múltiples sistemas de vida. Entre 2002 y 2015 se registraron 153 hechos y se identificaron 279 víctimas de MAP y REG.
  6. Destrucción de la Naturaleza y el Territorio. En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, el Frente 29, la CMMS y la CMDA del CCO/BOAC de las extintas FARC-EP llevaron a cabo 71 hechos de destrucción contra la Naturaleza, los sitios sagrados, el Katsa Su Gran Territorio Awá, el Eperara Euja Territorio Eperara Siapidaara, el Territorio ancestral y colectivo del Pueblo Negro Afrocolombiano, las Tierras de Comunidades Campesinas y de la población urbana, mediante el vertimiento de más de 70.000 barriles de crudo derivado de los ataques contra la infraestructura del Oleoducto Trasandino (OTA) y el control y desarrollo de actividades de minería criminal de oro.

Daños graves, diferenciados y desproporcionados

Desde la visión de la justicia restaurativa, principio orientador de la JEP, la comprensión de los daños cumple un rol fundamental en la centralidad de las víctimas. Los crímenes ejecutados por los máximos responsables de la extinta guerrilla de las FARC-EP determinados en el Caso 02 generaron daños graves, diferenciados y desproporcionados contra las mujeres y niñas, las personas con orientación sexual e identidades y expresiones de género diversas, las comunidades campesinas, las poblaciones urbanas y rurales el Pueblo Negro Afrocolombiano y los Pueblos Indígenas.

A partir de los informes presentados por las organizaciones de víctimas y sus intervenciones en las diligencias practicadas por el Caso 02, fue posible identificar y aproximarse a los daños individuales, colectivos y territoriales, que irrumpieron los proyectos de vida de las personas sobrevivientes, el tejido social de las comunidades, el plan de vida de los sujetos colectivos y su relación inescindible con el Territorio y la Naturaleza.

Con relación al daño individual se determinaron aquellos de naturaleza: (i) física, relacionados con la vida e integridad personal y que consisten en lesiones y alteraciones físicas, deterioro de la salud y desarrollo de enfermedades, entre otros; (ii) psicológicos y emocionales, asociados a trastornos de estrés postraumático, ansiedad, depresiones, traumas, miedos y afectaciones en las relaciones con otras personas, la pareja, la familia, la comunidad, y el entorno físico, social y cultural; (iii) aquellos que se inscriben en el racismo y en diversas formas de discriminación, relacionados con la segregación, la desigualdad, el empobrecimiento, los prejuicios, las transformaciones en las dinámicas comunitarias y culturales de los pueblos; y (iv) económicos y sociales, relacionados con la pérdida de mecanismos de subsistencia y producción para la soberanía alimentaria; de bienes muebles e inmuebles; del empleo, limitaciones al desarrollo de actividades económicas, la capacidad laboral, ruptura y desestructuración de los vínculos sociales y afectaciones a los proyectos de vida.

En la dimensión colectiva se identificaron daños relacionados con (i) la pervivencia física, cultural y espiritual de los pueblos y comunidades, que comprometieron las formas de vida de acuerdo con sus principios y valores, debilitaron sus sistemas de transmisión de saberes y conocimientos, la reproducción física y cultural del pueblo y los espacios de vida, al tiempo que se evidenció la profanación de lugares sagrados, la ruptura de los lazos y tejidos con el Territorio, la pérdida de los espacios de interacción comunitaria y espiritual y la alteración del equilibrio y la armonía; (ii) la autonomía, autodeterminación e integridad política, social, económica y organizativa, es decir, en las dinámicas y los procesos organizativos, el gobierno propio, la pérdida de confianza y la desestabilización de sus instituciones; el ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena y la administración de justicias propias, así como la limitación a los sistemas de salud y educación; y, (iii) los bienes materiales y económicos que afectaron los sistemas de producción, la pérdida de la soberanía alimentaria, el debilitamiento de las actividades y prácticas económicas tradicionales, el autoabastecimiento e intercambio; la destrucción de bienes y espacios colectivos, y sus tierras y territorios.

Con relación a los daños al Territorio y a la Naturaleza, a partir del reconocimiento del Territorio como sujeto de derechos y víctima del conflicto, se analizaron los daños sufridos por el Territorio  ancestral y colectivo de los Pueblos Étnicos, relacionados con la pérdida del equilibrio y la armonía con la Naturaleza, el debilitamiento y desplazamiento de los espíritus tutelares,  la profanación y destrucción de los sitios sagrados; el fraccionamiento del ordenamiento natural, ancestral y cultural del territorio y la desarticulación de las dinámicas relacionales; así como los daños a la integridad socioecológica y a la sostenibilidad y sustentabilidad de los ecosistemas por la contaminación y degradación de los múltiples sistemas de vida.

La identificación y el reconocimiento de los daños graves, diferenciados y desproporcionados causados por los actores armados en el conflicto es un elemento determinante en el marco de la justicia restaurativa, la reconciliación y la materialización del principio de centralidad de las víctimas.

Los hallazgos del Caso 02 dan cuenta de la gravedad de los hechos victimizantes, pero también, de los sufrimientos que deben padecer las víctimas sobrevivientes de manera posterior, que incluso, pueden ser mayores por su intensidad y prolongación en el tiempo.

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