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En firme inhabilidad por 20 años y multa de 33.512 millones de pesos a exdirectivos de Odebrecht en Colombia

 En una decisión de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación dejó en firme la sanción de destitución e inhabilidad por 20 años a los entonces directivos de la multinacional de Odebrecht en Colombia, Eder Paolo Ferracuti y Eleuberto Antonio Martorelli, por crear un entramado al interior de la Concesionaria Ruta del Sol SAS para la apropiación de recursos públicos. Además, cada uno tendrá que pagar una multa de 16.756 millones de pesos.

En el caso de Ferracuti, el Ministerio Público informó que fue nombrado como presidente y representante legal de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., el 22 de diciembre de 2010, y en esta condición suscribió el documento a través del cual comunicó a la Compañía de Profesionales de Bolsa S.A. que, debidamente facultado, aceptaba la oferta mercantil del 27 de marzo de 2014, cuyo objeto era la prestación de servicios de asesoría financiera y banca de inversión. 

Con lo anterior, “el directivo perfeccionó un contrato falso en el que autorizó al contratista para realizar pagos por un valor neto de $8.378.000.000 y total incluido IVA de $9.467.270.400, con cargo a recursos públicos consignados en el patrimonio autónomo constituido para la ejecución del contrato estatal de Concesión no. 001 del 14 de enero de 2010, celebrado entre el Instituto Nacional de Concesiones INCO y la Sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., conducta con la cual utilizó indebidamente recursos de naturaleza pública, permitiendo su apropiación por un tercero”, indica el fallo.

Entre tanto, para Martorelli, La Procuraduría estableció que, como miembro principal de la junta directiva de la Sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., en los meses de marzo y abril del año 2015, falsificó el acta de la reunión de Junta Directiva de la Sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., de fecha 21 de febrero de 2014.

“El directivo incluyó en una primera versión falsa la aprobación unánime de los miembros de la junta directiva de una autorización para que el representante legal de la sociedad concesionaria contratara a la firma Compañía de Profesionales de Bolsa S.A., con el objeto de brindar asesoría encaminada a prestar alternativas de financiación y apoyo a la banca de inversiones Corficolombiana”, concluyó la Procuraduría.

“Lo anterior, quedó probado con los testimonios de los señores Miguel Eduardo Vargas Hernández y Gustavo Antonio Ramírez Galindo, miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Concesionaria Ruta del Sol SAS, quienes manifestaron que no se discutió, el 21 de febrero de 2014, la autorización para contratar la firma antes mencionada”, sostuvo la Procuraduría.

El ente de control también recordó que el controller de la concesión Ruta del Sol II, Jorge Enrique Pizano, hizo una primera alerta referente a que no existían informes o soportes entregables del contrato suscrito entre la sociedad Ruta del Sol SAS y la Compañía de Profesionales de Bolsa S.A., como lo dejó consignado en su informe del 25 de junio de 2015. 

También hacen parte del material probatorio los correos electrónicos que se cruzaron los sancionados, en los cuales se evidenció la existencia de tres actas y unas comunicaciones que dieron cuenta de que había un acuerdo para falsificar el documento y dar apariencia de contratar la firma  Profesionales de Bolsa S.A. 

“Todas las pruebas apreciadas y valoradas en forma integral permiten concluir que el contrato que se dice se suscribió con la compañía antes mencionada nunca se ejecutó porque tenía como principal objetivo apropiarse de los recursos públicos que se estaban recaudando a través de los peajes y defraudar así al Estado”, señaló la Procuraduría.  

El ente de control calificó definitivamente la falta de los exdirectivos como gravísima a título de dolo. La Procuraduría, en fallo de primera instancia, absolvió de los cargos formulados al entonces miembro de la junta directiva de la concesionaria, Alberto Mariño Samper.

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