Día del Perro Guía: Por un transporte seguro y accesible  

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Fuente: Super. Transporte. Los usuarios del transporte público tienen derecho a movilizar a sus mascotas y animales de asistencia, bajo condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad. También, tienen el deber de acatar las políticas de las empresas transportadoras, y contar con documentos al día, y con los instrumentos de seguridad como bozales y guacales.

En la última semana de abril se conmemora el Día Internacional del Perro Guía, y la Superintendencia de Transporte se une a dicha causa, teniendo en cuenta el significativo aumento de la movilización de usuarios con sus mascotas y/o animales de asistencia, en los modos aéreo, terrestre y fluvial.

En esta ocasión, a través de la campaña #DíaDelPerroGuía, la Entidad enfoca sus esfuerzos en socializar los derechos y deberes que tienen los viajeros cuando se transportan con sus animales, mediante la presencia de 60 regionales en infraestructuras como aeropuertos, terminales, estaciones de cable y cuerpos de agua, trabajando por garantizar la accesibilidad a las personas que sufren cualquier clase de discapacidad y necesiten utilizar transporte público.

Es importante destacar que, según la Supertransporte, los perros guía o animales de asistencia pueden identificar obstáculos durante su labor de acompañamiento, tanto de altura como a nivel de piso, y localizar puertas de acceso y puestos libres en el transporte público para su dueño, ya que autónomamente y en movimiento deciden el camino a seguir.

Desde 2024, este órgano de control y vigilancia ha llevado a cabo eventos y capacitaciones en ciudades y municipios como, Bucaramanga, Medellín, Tabio, Sogamoso, Popayán y Bogotá, mediante las cuales ha impactado a 22 aerolíneas y 65 empresas de transporte terrestre, las cuales presentaron sus políticas de transporte de mascotas y realizaron los correspondientes ajustes solicitados por la Entidad.

Este trabajo de sensibilización y orientación están dirigidos a los usuarios, empresarios, colectivos de ciudadanos, gremios, entidades públicas de todos los órdenes, y tiene el propósito de dar a conocer el marco normativo de protección a usuarios del sector transporte, así como, los derechos, deberes y mecanismos de protección con que cuentan para hacerlos efectivos.

Recomendaciones

Para convivir con otros transeúntes y usuarios del transporte público, el perro de asistencia o perro guía debe tener el arnés puesto en todo momento y las personas que lo circundan deben evitar hacerle caricias o darle alimentos para que su trabajo no se entorpezca.

Así mismo, quienes se movilicen con perros o gatos en el espacio público, deben llevarlos con correa para impedir cualquier provocación con el perro guía. El Código de Policía (Ley 1801/16) establece que no se les puede impedir el acceso a lugares públicos ni medios de transporte a los perros guía.

Igualmente, los usuarios del transporte público tienen derecho a movilizar a sus mascotas y animales de asistencia, bajo condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad. También, tienen el deber de acatar las políticas de las empresas transportadoras, y contar con documentos al día, y con los instrumentos de seguridad como bozales y guacales.

Para conocer a fondo los derechos y deberes para el transporte de animales de asistencia y mascotas, la Superintendencia de Transporte tiene a disposición de los usuarios, la Guía para el Transporte de Animales y Mascotas, y el Decálogo sobre Acciones Necesarias para Viajar con Mascotas, que pueden consultarse en el link: https://www.supertransporte.gov.co/index.php/material-didactico/

Para viajar con mascotas, el usuario debe cumplir las siguientes disposiciones:

– Avisar al transportador que se viaja con mascota o animal de asistencia antes de adquirir el tiquete. Para el modo aéreo se debe avisar con 48 horas de anticipación.

– Informarse sobre los requisitos que se deben cumplir, los elementos de seguridad para transportar el animal y los costos del servicio. Las empresas deben divulgar sus requisitos.

– Evaluar las condiciones físicas, el comportamiento y la salud de la mascota para determinar cualquier riesgo para el animal.

– Revisar las condiciones del viaje, si la distancia y tiempo y la capacidad del vehículo son aptas.

– Llevar documentos de certificación de salubridad como carné de vacunación.

– Cumplir con los requisitos que exija el transportador, como en tránsito internacional.

– Acreditar si es animal es de asistencia, a través del certificado de adiestramiento y chaleco distintivo.

– Usar instrumentos de seguridad como traíllas, bozales y guacales o contenedores destinados a su movilización en condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad.

– Pagar el transporte de la mascota de acuerdo con las tarifas informadas por el transportador, para los animales de asistencia no hay costo.

– Tomar precauciones y medidas necesarias para la higiene y sanidad de la mascota para evitar inconvenientes a los demás viajeros o afecciones al animal.

Canales de Atención

La Superintendencia de Transporte es una Entidad cercana a los ciudadanos y por eso, cuenta con distintos canales de atención para recibir peticiones, quejas y reclamos y atender las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través de la página web mediante el enlace https://www.supertransporte.gov.co/index.php/peticiones-quejas-y-reclamos/.

Igualmente, un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm, la línea gratuita 018000915615, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de WhatsApp 3185946666. Así mismo, de manera presencial en la Diagonal 25g No 95ª-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25.

 

 

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