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Defensoría del Pueblo alerta sobre el consumo de contenidos en redes sociales de niños, niñas y adolescentes

La Defensoría del Pueblo, en su compromiso por proteger a los niños, niñas y adolescentes en el entorno digital, hace un llamado, a los padres, madres y cuidadores a estar atentos a los contenidos que son consumidos por los menores de edad en dichos espacios, recordando que ellos pueden tener redes sociales con autorización de sus padres.

El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, aseguró que “los padres, madres y cuidadores deben estar al tanto de las redes sociales frecuentadas por sus hijos, con el fin de evitar que hagan parte de algunos retos desprendidos de estas redes o que pongan en riesgo su integridad al ser contactados por personas extrañas”.

Ante los riesgos a los que están expuestos los menores de edad en los escenarios digitales, la Defensoría del Pueblo le solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio, como encargada de la protección de datos en Colombia, al igual que a Meta, Google y Tiktok, explicar los controles que tienen para evitar que niños, niñas y adolescentes accedan a contenidos que puedan exponerlos a riesgos relacionados con retos virales, así como al acceso a información que vulnere sus derechos.

A través de la Delegada para Protección de Derechos en Entornos Digitales y Libertad de Expresión, la Defensoría del Pueblo también viene haciendo énfasis en el papel que cumplen las instituciones educativas en proveer información, sensibilizar y capacitar a los padres, madres y cuidadores sobre el uso responsable y seguro de las redes sociales por parte de los niños, niñas y adolescentes.

Finalmente, el Defensor del Pueblo resaltó que quienes administran las redes sociales también deben velar por el uso adecuado de la información, conforme a la finalidad para la cual fueron autorizados, y conservarla bajo condiciones de seguridad y confidencialidad suficientes para evitar su adulteración o divulgación, pues los niños, niñas y adolescentes quedan expuestos a una serie de situaciones que pueden afectar su vida e integridad.

“Es responsabilidad de todos cuidar a los menores de edad y es por esto que instamos a las autoridades competentes a vigilar de manera muy activa los contenidos que los ponen en riesgo y a tomar las sanciones correspondientes”, puntualizó Carlos Camargo Assis.

Vale recordar que, de acuerdo a lo que establece la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 -regulaciones específicas sobre el uso de datos personales de menores de edad en redes sociales y en línea, los niños, niñas y adolescentes-, en Colombia pueden tener redes sociales con autorización de sus padres.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1581 de 2012, se prohíbe el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, exceptuando aquellos de naturaleza pública. Vale recordar que la Corte Constitucional, en la sentencia C – 748 de 2011, aclara que esta prohibición no es absoluta y que el tratamiento de datos de menores de edad es posible siempre y cuando se cumplan dos requisitos: (i) que responda y respete el interés superior del menor de edad, es decir, sus derechos prevalentes, y (ii) que asegure el respeto de sus derechos fundamentales.

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