En el marco de la declaratoria de Conmoción Interior y respondiendo al llamado de las organizaciones campesinas, la Agencia Nacional de Tierras, ANT, en cabeza de su director Felipe Harman, presentó el plan de intervención al Catatumbo con cinco componentes estratégicos.
Al respecto, la Entidad destaca que el principal objetivo es proteger las tierras de las comunidades que han sido desplazadas, entre ellas víctimas y firmantes de paz; para de esta manera, asegurar un retorno con garantías para la población.
En tal sentido, se indicó que, durante los próximos 78 días, el Plan Catatumbo contempla acelerar la formalización de 30.000 hectáreas en el territorio; focalizando los municipios de Ábrego, Ocaña, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, Tibú y Sardinata.
Igualmente, con el objetivo de hacer intervención en el ordenamiento social de la propiedad, medidas sobre la titularidad, tenencias y ocupación de tierras, tal como lo indica el artículo 4 del Decreto 108 del 2025.
Desde su misionalidad, la ANT apoyará la transformación de economías ilícitas, formalizando 1.500 hectáreas, donde hoy hay presencia de coca, a través de acuerdos de sustitución de cultivos; de esta manera no solo se reducirá la siembra, sino también, permitirá que, con el título, el campesino pueda acceder a créditos productivos y asistencia técnica.
“Esta región tiene alto grado de informalidad, garantizar seguridad jurídica es mitigar los efectos de la violencia y transformar la vocación productiva del territorio; queremos que se fortalezca la económia formal. Así se construye paz”, explicó el director Felipe Harman.
Cabe señalar que, según la ANT, el Plan Catatumbo también tiene un componente en el que ya venía avanzando la entidad con las organizaciones sociales de base, se trata de la constitución de la Zona de Reserva Campesina “Paz y Unión del Catatumbo”.
Sobre el particular, se anunció que dicha ZRC pasará las próximas semanas en etapa de aprobación por parte del Consejo Directivo de la ANT. Son 59 mil hectáreas de las que se beneficiarán 61 veredas de los municipios de Hacarí, Abrego, Bucarasica, y La Playa de Belén.
De igual manera, un tercer componente aborda el reconocimiento y el adecuado aprovechamiento y conservación de áreas ecológicas. Serán 5.000 hectáreas a través de la asignación de derechos en zonas de la Ley Segunda, para que los campesinos actúen como guardianes de la conservación de las áreas de reserva forestales, adecuando su aprovechamiento conforme con la zonificación permitida.
Así mismo, por último, “Fincas para la paz”, una estrategia en la que se espera adquirir 3.500 hectáreas por medio de ofertas voluntarias, las cuales serán entregadas a las asociaciones campesinas y organizaciones sociales para que allí desarrollen sistemas productivos y funcionen como albergues humanitarios, siendo espacios territoriales en defensa de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Proteger las tierras y los derechos
Entre tanto, la Unidad de Restitución de Tierras, URT, como parte del cumplimiento del Decreto 0108 de 2025, proferido por el Gobierno Nacional, tiene la prioridad de salvaguardar el territorio y los bienes de las comunidades, ante la situación de orden público que se presenta en la región del Catatumbo, en Norte de Santander, así como en los municipios de Río de Oro y González en el Cesar.
“La historia de la violencia en Colombia ha demostrado que, cuando se presentan estos hechos, se agudiza el despojo de tierras en los territorios afectados. La diferencia es que, en esta desafortunada situación que está viviendo el Catatumbo, podemos responder con mayor oportunidad. Más aún cuando estamos bajo un estado de conmoción interior”, argumentó Giovani Yule, director general de la URT.
Igualmente, para Yule, el Decreto 0108 de 2025 trae dos novedades importantes: la primera es adelantar medidas de protección colectiva. Es decir, de una manera masiva se emprenden estas medidas ante las graves situaciones de violencia que dejan como consecuencia el desplazamiento de la población.
La segunda, es que la URT puede aplicar estas acciones a través del Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA), cuando una vereda, corregimiento, o municipio esté en riesgo inminente de desplazamiento o confinamiento.
Por ende, durante la vigencia del estado de conmoción interior, la URT impartirá medidas de protección a través del RUPTA sobre las tierras y territorios que sean abandonados como resultado del desplazamiento masivo, o en riesgo de ser abandonados, por causa de esta coyuntura.
Además, la tarea enunciada avanzará, para proteger los derechos de los propietarios, poseedores y ocupantes e impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes, cuando tal acción se adelante contra la voluntad de los titulares. También se realizará la inscripción de las medidas preventivas y publicitarias frente a los poseedores y ocupantes.
De igual manera, la URT destaca que las medidas de protección del RUPTA adoptadas no suspenderán los procesos de formalización predial, asignación o reconocimiento de derechos, y acceso a tierras en los casos en los que el interesado sea el mismo beneficiario de la medida de protección, su compañero o compañera permanente, cónyuge o alguno de sus legitimados, en los términos del artículo 81 de la Ley 1448 de 2011.
Los estados de excepción
La Constitución Política, en su artículo 213, confiere facultades al presidente de la República para declarar los estados de excepción, que son medidas extraordinarias para responder a situaciones graves y anormales. Estos se declaran cuando el Gobierno no puede enfrentar la situación bajo sus competencias ordinarias.