sábado, noviembre 23, 2024
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Consejo Nacional Electoral fijó pautas para propaganda electoral en redes sociales

La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, CNE, informó se seguirá aplicando la restricción temporal contenida en el artículo 35 de la ley 1475 de 2011, de limitar a sesenta (60) días antes de las votaciones, la oportunidad de realizar propaganda electoral a través de redes sociales.

Además, recalcó el CNE, la propaganda pagada en redes sociales, debe formar parte integral de los reportes de ingresos y gastos de las campañas.

De igual manera, se indicó que solo debe ser competencia del Consejo Nacional Electoral, decidir sobre propaganda electoral extemporánea en redes sociales, y decidirá sobre aquellas quejas en las que se demuestre que las publicaciones aportadas han sido consentidas por el candidato y/o publicadas desde sus cuentas y canales oficiales.

Para los magistrados es claro que el Consejo Nacional Electoral no debe considerar como propaganda electoral, el contenido de apoyo difundido, de manera espontánea, sobre candidatos o partidos, por parte de personas naturales a través de redes sociales.

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