
La Central Unitaria de Trabajadores de Colombia, CUT, la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC, y la Confederación General del Trabajo, CGT, le enviaron al presidente, Gustavo Petro, y a los ministros del Interior, Armando Benedetti, y del Trabajo, Antonio Sanguino, presentaron propuesta de cuestionario para la Consulta Popular sobre derechos laborales.
En la misiva, las centrales obreras reiteran que “esta propuesta responde a la necesidad urgente de erradicar la precariedad laboral, combatir la discriminación estructural en el mundo del trabajo, fortalecer la democracia en el trabajo y recuperar derechos arrebatados con reforma de la Ley 789 de 2002”.
Además, sostienen que se apoya en los principios consagrados en las normas internacionales del trabajo, como los Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y en buenas prácticas globales, y comparadas.
En tal sentido, las centrales obreras proponen:
– Priorizar la contratación directa, la estabilidad laboral y la formalización con derechos, incluyendo la incorporación plena de los trabajadores rurales y contratistas.
– Prohibir la tercerización de actividades del giro principal de las empresas, siguiendo el modelo mexicano, donde recientemente se prohibió la subcontratación de actividades principales con resultados positivos para las y los trabajadores; y cerrar las puertas a su reaparición mediante empresas de servicios temporales mal utilizadas.
– Reforzar el principio de estabilidad, haciendo del contrato indefinido la regla general, limitando los contratos temporales a necesidades claramente justificadas y temporales, como lo recomienda la OIT.
– Reconocer el derecho a la reincorporación en caso de despido derivado de prácticas ilegales de intermediación o contratación simulada.
Agregan que otro eje central es la recuperación de derechos laborales suprimidos, especialmente aquellos eliminados por la Ley 789 de 2002 y con ello mejorar los ingresos de las y los trabajadores y de sus familias.
Finalmente, subrayan que “esta propuesta ha sido elaborada con estricto apego a los requisitos legales y jurisprudenciales establecidos por la Corte Constitucional para las consultas populares, en cuanto a claridad y lealtad, objetividad, pertinencia e interés general. También responde a los contenidos vertebrales de la propuesta original de Reforma Laboral”.
Propuesta de cuestionario para la Consulta Popular
- ¿Está de acuerdo con que se pague el recargo nocturno desde las 6 pm?
- ¿Está de acuerdo con que el trabajo realizado en domingos y días festivos sea remunerado con el doble del salario de un día ordinario?
- ¿Está de acuerdo con que, cuando una persona con contrato laboral a término indefinido sea despedida sin justa causa, reciba una indemnización de 45 días de salario por el primer año trabajado, y 45 días más por cada año adicional o fracción?
- ¿Está de acuerdo con que el contrato de aprendizaje sea reconocido como un contrato de trabajo y, por tanto, las y los aprendices tengan derecho a todas las garantías laborales establecidas por la ley, incluyendo salario mínimo, prestaciones sociales, seguridad social y derechos colectivos?
- ¿Está usted de acuerdo con que, en el sector privado y para los trabajadores oficiales, el contrato a término indefinido sea la regla general de contratación laboral, y que los demás contratos solo puedan celebrarse para atender necesidades temporales, hasta por un máximo de dos años, convirtiéndose en indefinidos si la labor continúa?
- ¿Está de acuerdo con que se prohíba a las empresas subcontratar, tercerizar o delegar las actividades que hacen parte de su objeto social o de su actividad económica principal o son permanentes, y que éstas deban ser realizadas por personas contratadas directamente por la empresa?
7. ¿Está de acuerdo con que se prohíba el uso de empresas de servicios temporales para atender necesidades permanentes, y que, de llegar a ocurrir esta u otra forma de intermediación laboral ilegal, se reconozca la relación laboral directa con la empresa beneficiaria, con los mismos derechos de los demás trabajadores y continuidad en el empleo si hubo despido?
- ¿Está usted de acuerdo con que, cuando una persona sea despedida o sufra una afectación en su empleo por razones de raza, sexo, género, orientación sexual, religión, origen étnico, estado de salud, discapacidad, actividad sindical, situación migratoria, edad, estado civil, clase social u otra característica personal o social, se presuma que hubo discriminación, salvo prueba en contrario, y se garantice el restablecimiento de sus derechos?
- ¿Está usted de acuerdo con que la negociación colectiva de condiciones de trabajo y empleo se realice únicamente con organizaciones sindicales legalmente constituidas, en las empresas o sectores donde existan?
- ¿Está de acuerdo con que, cuando una persona sea contratada mediante contratos de prestación de servicios u otras formas no laborales para realizar labores subordinadas y/o funciones públicas permanentes, se reconozca su relación laboral, con todos sus derechos, y que, si es despedida, tenga derecho a volver a su empleo sin interrupción o recibir una indemnización cuando no pueda continuar?
- ¿Está de acuerdo con la creación de un contrato laboral especial para las actividades agropecuarias no industriales, que garantice el pago de un jornal agropecuario no inferior al salario mínimo diario legal vigente, incluyendo todas las prestaciones sociales, y que no implique la contratación por horas?
- ¿Está de acuerdo con que los incrementos de las mesadas pensionales se hagan cada año conforme al aumento del salario mínimo?