
La Sala de Reconocimiento de la JEP imputó a 10 antiguos integrantes del Comando Conjunto Central de la extinta Farc-EP por crímenes de guerra de toma de rehenes, homicidio, atentados a la dignidad personal y tratos crueles e inhumanos.
Igualmente, los crímenes de lesa humanidad, de otras privaciones graves de la libertad, asesinato, desaparición forzada, esclavitud, violencia sexual, tortura y otros actos inhumanos.
Esta es la segunda imputación, y la primera regional, que se realiza del Caso 01. La primera fue contra el último Secretariado de las Farc-EP por la política nacional. En esta se llama a reconocer responsabilidad a quienes comandaron la estructura que operó en el sur del Tolima, Quindío y Huila.
Los imputados por la Sala de Reconocimiento son Luis Eduardo Rayo, conocido como ‘Marlon’; Enoc Capera Trujillo, ‘Giovanni’; Jhon Jairo Oliveros Grisales, ‘Armando Pipas’; Nelson Antonio Jiménez Gantiva, ‘Gonzalo’; Édgar Ramírez Medina, ‘Onofre Camargo’; Víctor Hugo Silva, ‘Erick’ o ‘el Chivo’; Raúl Agudelo Medina, ‘Olivo Saldaña’ y Wilson Ramírez Guzmán, conocido como ‘Teófilo’.
En tal sentido, la JEP determinó que son máximos responsables por su liderazgo y porque ostentaron el mando sobre los seis frentes, tres columnas y tres compañías, además de las comisiones Financiera Manuelita Sáenz y Política René González que componían el Comando Conjunto Central.
Así mismo, la Sala determinó que Álvaro Henner López, conocido como ‘J.J’ o ‘Jhon Jairo Paz Guevara’ y Gustavo Bocanegra Ortegón, ‘Donald’, son máximos responsables por su participación. Aunque no tuvieran mando sobre las estructuras del Comando Conjunto Central son responsables de hechos graves y representativos del secuestro en el Tolima.
En esta segunda imputación dentro del Caso 01, y primera imputación regional, la Sala de Reconocimiento determinó que estos antiguos miembros del Comando Conjunto Central materializaron las políticas trazadas por el antiguo Secretariado en torno al secuestro y que se clasifican en tres tipos: secuestros para financiar la organización, para forzar el intercambio por guerrilleros presos y para contribuir a mantener al control territorial.
Hechos y conductas no amnistiables determinados por la Sala
Con las imputaciones regionales la JEP ahonda en el esclarecimiento de los secuestros cometidos por las Farc-EP en las distintas regiones del país y las diferencias y similitudes en la forma de operar. El Comando Conjunto aglutinaba los Frentes 21, 25, 17, 50, Frente Joselo Losada y Frente Tulio Varón, las Columnas Móviles Héroes de Marquetalia, Daniel Aldana, y Jacobo Prías Alape, así como varias compañías y comisiones especializadas. Operó en el departamento del Tolima y en el norte del Huila, y en su máxima expansión en municipios colindantes de los departamentos del Quindío, y Cundinamarca.
En su máximo periodo de expansión el Comando Conjunto Central llegó a tener 1.180 miembros, siendo la más pequeño de las estructuras regionales de las Farc-EP. Comparativamente el Bloque Sur estuvo conformado por aproximadamente 2.300 hombres en armas y el Bloque Oriental por 7.100. Esta variación numérica llevó a la Sala a determinar que el porcentaje de secuestros que cometió el Comando Conjunto Central es incluso menor a su tamaño proporcional.
Así, de 5.219 víctimas únicas de secuestro reportadas en los registros del Sistema de Justicia y Paz, conocido como SIJYP, la base de datos más completa aportada a la JEP, 111 víctimas, que corresponden al 2% del total, señalan directamente al Comando Conjunto Central como la estructura responsable. Por estos secuestros se encuentran acreditadas en el Caso No.01 144 víctimas, de 3.410 víctimas del Caso 01.
La gran mayoría de los hechos reportados por las víctimas acreditadas en el Caso 01 sucedió en el Tolima (87%) y el resto en el norte del Huila (13%). La mayor cantidad de víctimas fueron secuestradas por el Frente 21, que controlaba el Cañón de las Hermosas en el suroccidente del Tolima. Este frente 21 fue el responsable del 38% de los secuestros cometidos por el Comando Conjunto Central, seguido por el frente 25, en el suroriente del Tolima y norte del Huila, fue el segundo frente que más secuestró, con el 13,3%.
A pesar de su tamaño menor frente a otras estructuras, el Comando Conjunto Central jugó un papel importante en la manera como la extinta guerrilla adoptó la política de financiarse a través de los secuestros. En esta estructura funcionó la Comisión Financiera Manuelita Sáenz, que creó un complejo sistema de financiamiento por medio de “nóminas” de extorsión enfocado en sectores de la región: arroz, transporte, café, petrolero, contratación pública y energía, así como tasas a la cerveza y a la gasolina, identificando personas y empresas que debían aportar una tasa, o ser secuestrados como penalidad.
La mayoría de los comandantes de los años 90 de los diferentes frentes, compañías y columnas del Comando Conjunto Central murieron en operaciones militares. Del total de integrantes, apenas 150 sobrevivieron al conflicto armado y llegaron vivos a la firma del Acuerdo Final de Paz.
Con excepción de algunos comandantes financieros, quienes sobreviven, y comparecen actualmente ante la JEP, comandantes que para la época en que se reportó la mayor cantidad de hechos victimizantes, ostentaban cargos de menor responsabilidad.
Son estos quienes asumen su comparecencia ante la JEP, a quienes se les imputan estos graves crímenes, y quienes deben aportar verdad a las víctimas sobre los hechos que destruyeron sus vidas.
¿Qué sigue en el proceso judicial?
Como parte del trámite judicial y su obligación de aportar verdad plena, detallada y exhaustiva, y de reparar a las víctimas, la JEP espera la ampliación de la información entregada por los comparecientes frente a hechos concretos, como entregar información de personas que habrían sido secuestradas y luego desaparecidas. En ese sentido, los 10 comparecientes imputados tienen 30 días hábiles para entregar información ante la Jurisdicción y la Unidad de Búsqueda de Personadas Dadas por Desaparecidas que conduzca a la búsqueda, localización e identificación de las víctimas.
La Sala, además, fijó un término de 30 días hábiles para que los comparecientes reconozcan o no su responsabilidad en los hechos e identifiquen la participación de las milicias en la toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad.
Quienes reconozcan su responsabilidad podrían recibir una sanción propia y quienes no, su proceso será remitido a la UIA para que inicie un juicio adversarial donde podrían ser condenados hasta con 20 años de cárcel.
Por otra parte, la Sala indicó que no ha dado con el paradero y la identidad de algunos comandantes del Comando Conjunto Central. Por esta razón, ordenó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que determine su ubicación. En caso de que no comparezcan en el término provisto, procederá al respectivo incidente de incumplimiento cuya consecuencia final es la expulsión de la JEP.