Con el objetivo de garantizar el acceso justo y equitativo a medicamentos vitales, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, a través de la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal sancionó a la IPS Clínica de la Mujer S.A.S. y a la Fundación Oftalmológica de Santander, FOSCAL.
En tal sentido, el órgano de control y vigilancia sostuvo que las entidades sancionadas incumplieron las regulaciones de precios establecidos por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Al respecto, según la SIC, se estableció que la Clínica de la Mujer S.A.S. comercializó 42 medicamentos a precios superiores a los establecidos por la Circular 12 de 2021. Se registraron irregularidades con medicamentos como RISPERDAL y ZINACEF, con sobrecostos de hasta el 1000% y 611%, respectivamente
De igual manera, otro de los casos más graves fue el del medicamento MICARDIS – Telmisartan 80mg/1U, cuyo precio permitido era de $977,29 por unidad y se vendió a $11.361,00, superando el límite permitido en un 1062%.
Por su parte, mediante la Resolución 77590 del 12 de diciembre de 2024, se determinó que la FOSCAL vendió 31 medicamentos a precios superiores a los máximos fijados por la Circular 12 de 2021, incluyendo el medicamento Remodulin – Treprostinilo 100mg/20ml (5mg/1ml), utilizado para tratar la hipertensión arterial pulmonar, cuyo sobrecosto alcanzó el 99.38%, duplicando su precio permitido de $29.719.693,79 a $59.253.750 pesos.
De acuerdo con la SIC, estas prácticas afectan el acceso oportuno de los pacientes a tratamientos esenciales y comprometen la eficiencia del Sistema General de Seguridad Social en Salud y ponen en riesgo la salud y la vida de los pacientes al dificultar su acceso oportuno a medicamentos esenciales.
En este caso, los pacientes que requieren tratamientos de alto costo, como los que dependen del Remodulin, son los más vulnerables ante estas prácticas.
“La Superintendencia, reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, en particular la salud, al tomar medidas estrictas contra quienes incumplen el régimen de control de precios”, señaló la SIC.
Finalmente, el órgano de control y vigilancia reveló que las sanciones ascienden a $712.647.276 para la Clínica de la Mujer S.A.S. y $372.202.588 para la Fundación Oftalmológica de Santander, FOSCAL. Contra esta decisión proceden los recursos de reposición y apelación, conforme a la ley.
“Las multas buscan disuadir conductas similares y asegurar que los medicamentos se comercialicen a precios accesibles para toda la población. La Superintendencia reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, especialmente la salud y la vida de los pacientes, y recuerda que el cumplimiento del régimen de control de precios es obligatorio para todos los agentes de la cadena de comercialización”, enfatiza la SIC.
Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio reiteró que “continuará trabajando para proteger a los pacientes y promover un sistema de salud justo, asegurando que los recursos públicos destinados a medicamentos se utilicen de manera eficiente y en beneficio de quienes más lo necesitan”.