El Ministerio de Transporte, a través de la resolución 20243040046465 de 2024, reglamentó que las carrozas eléctricas, con fines turísticos, puedan transitar en los distintos municipios del país. Esta medida, entra en vigor con el fin de potenciar la transición hacia modos de transporte más sostenibles y amigables con el medio ambiente, permitiendo el tránsito de este tipo de vehículos.
Los lineamientos de la reglamentación están dirigidos a prestadores de servicios turísticos, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Turismo – RNT, interesados en prestar dichos servicios en carrozas eléctricas, autoridades de tránsito, importadores y fabricantes. Allí se establecen los requisitos, procedimientos y condiciones que deben cumplir para operar dichos vehículos en áreas urbanas.
Al respecto, el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, sostuvo que “esta apuesta es un reflejo del compromiso del Gobierno nacional con la movilidad sostenible y un impulso en la industria para la mejora en la prestación del servicio turístico. Esperamos que la transformación nos permita seguir dando un consenso social oportuno en el país”.
En tal sentido, se indicó que para que los operadores turísticos puedan ofrecer sus servicios, las autoridades de tránsito deben establecer el procedimiento para expedir los permisos, dependiendo la cantidad de prestadores y los sitios por los que autorizan su circulación.
De la misma manera, las carrozas eléctricas deberán ser registradas ante la autoridad competente, y adicionalmente, contar con características y condiciones mínimas de seguridad; deberán obtener pólizas de seguro de accidentes personales y responsabilidad civil extracontractual.