La Unidad de Investigaciones Especiales del Ministerio del Trabajo formulado pliego de cargos contra la empresa de productos lácteos, Alpina, por promover desde hace varios años, un pacto colectivo con sus trabajadores no sindicalizados y presuntamente, atentar contra el derecho de asociación sindical.
En tal sentido, se informó que en el documento se han formulado tres cargos relacionados con violación a normas internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, normas de orden legal del Código Sustantivo del Trabajo y por atentar contra el derecho de asociación sindical.
De igual manera, se destacó que el inspector de trabajo que realizó la investigación consideró que el pacto colectivo no había cumplido los presupuestos legales como la presentación del pliego, la elección libre de negociadores y la suscripción de un acuerdo y el posterior depósito.
Así mismo, el funcionario advirtió que la conducta, contraria a normas constitucionales y legales también puede ser objeto de reproches penales y por tal motivo compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación.
Al respecto, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea, consideró que “es acertada la decisión e invito a todos los inspectores e inspectoras del país a iniciar de oficio o a petición de las organizaciones sindicales, las investigaciones pertinentes, siguiendo los lineamientos de la circular 078 de 2022 suscrita por la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez”.
Igualmente, el viceministro señaló que “hago un llamado a los sindicatos a promover las respectivas denuncias, con todos los soportes necesarios y a atender los requerimientos de los inspectores que adelanten las respectivas investigaciones”.
Además, el funcionario aseguró que “desde 2003 la Organización Internacional del Trabajo, OIT, le ha solicitado al Estado colombiano que cumpla las obligaciones convencionales y prohíba la existencia de los pactos colectivos en empresas privadas donde haya organizaciones sindicales”.
Finalmente, Palma Egea reiteró que el problema de los pactos colectivos no solo es la violación de normas internacionales del trabajo, sino que es la realidad que viven las/los trabajadores sindicalizados.
“Los pactos han sido usados para evitar el nacimiento de un sindicato, impedir el crecimiento de uno existente o su erradicación, buscando la deserción de los afiliados y afiliadas”, puntualizó el viceministro.